Cada vez es más fácil poner en marcha una empresa. Y no solo se trata de simplificar trámites, sino de agilizarlos, y en esta línea se enmarcan las últimas medidas que está poniendo en marcha el Gobierno con el objetivo de hacer más sencillos los trámites burocráticos y de mejorar la fiscalidad de las inversiones de particulares en nuevos proyectos.
Empezábamos 2011 con una medida muy positiva para el emprendimiento: la posibilidad de constituir una sociedad limitada en 24 horas y en los últimos meses se han unido otra serie de estrategias que permitirán poner en marcha negocios de forma más ágil y fácil. Estos son los cambios a los que hacemos referencia:
- El silencio ?positivo?. El que calla, ahora otorga. El Real Decreto Ley 8/2011 establece el silencio positivo para 124 procedimientos administrativos en los que, hasta ahora, la falta de respuesta de la administración competente en el plazo máximo estipulado desestimaba el proceso. Con ello ?desaparecen barreras, trabas y efectos disuasorios que pueden, en ocasiones, tener como consecuencia final el cierre del mercado a nuevos emprendedores?.
- De las licencias municipales? a las comunicaciones responsables. Este Real Decreto suprime la obligatoriedad de la obtención previa de una licencia municipal para el ejercicio de una actividad, que serán sustituidas por comunicaciones o declaraciones responsables. Hay varias excepciones en este caso: ciertas actividades, aquella que afectan a la seguridad, la salud o el medio ambiente, entre otras, seguirán exigiendo la licencia para comenzar a trabajar.
- Agilizar el proceso de denominación social. ¿Cómo? Con la puesta en funcionamiento del procedimiento telemático para la obtención de la certificación negativa de denominación social, que es necesaria para constituir una sociedad.
- Exención para inversores privados. Se declaran exentas en el IRPF las plusvalías obtenidas por inversores privados de la transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. Para ello la inversión inicial no deberá haber superado los 25.000 euros anuales (75.000 en tres años) y haber mantenido la participación entre tres y diez años. Una medida que podrán aprovechar los business angel ocasionales, pero no los profesionales.
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